Diferencia entre revisiones de «Mecanismos de participación ciudadana»

De Enciclopedia | La Red Cultural del Banco de la República
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*'''El voto''': herramienta mediante la cual el ciudadano colombiano elige de manera activa a las personas que considera idóneas para su representación en las instituciones del Gobierno (Presidencia, Vicepresidencia, Cámara de Representantes, Senado, alcaldías, gobernaciones, concejos distritales y municipales, alcaldías locales).
*'''El voto''': herramienta mediante la cual el ciudadano colombiano elige de manera activa a las personas que considera idóneas para su representación en las instituciones del Gobierno (Presidencia, Vicepresidencia, Cámara de Representantes, Senado, alcaldías, gobernaciones, concejos distritales y municipales, alcaldías locales).


*'''El plebiscito''': herramienta utilizada por el presidente de la República para refrendar una decisión con la opinión del pueblo. El presidente anuncia el uso del plebiscito y los ciudadanos votan para apoyar o rechazar la decisión puesta en cuestión.
*'''El plebiscito''': herramienta utilizada por el presidente de la República para refrendar una decisión con la opinión del pueblo. El presidente anuncia el uso del plebiscito y los ciudadanos votan para apoyar o rechazar la decisión puesta en cuestión.


*'''El referendo''': herramienta utilizada para convocar a los ciudadanos a la aprobación o al rechazo de un proyecto de ley o una norma jurídica vigente. El referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.
*'''El referendo''': herramienta utilizada para convocar a los ciudadanos a la aprobación o al rechazo de un proyecto de ley o una norma jurídica vigente. El referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.


*'''El referendo derogatorio y aprobatorio''': herramienta mediante la cual se pone a consideración de la ciudadanía la derogación o aprobación de una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local.
*'''El referendo derogatorio y aprobatorio''': herramienta mediante la cual se pone a consideración de la ciudadanía la derogación o aprobación de una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local.


*'''La consulta popular''': herramienta mediante la cual se plantea una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, por parte del presidente de la República, el gobernador o el alcalde, para que los ciudadanos se pronuncien al respecto. Este mecanismo puede ser utilizado para convocar una Asamblea Constituyente, con el fin de someter a consideración popular las decisiones allí establecidas.  
*'''La consulta popular''': herramienta mediante la cual se plantea una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, por parte del presidente de la República, el gobernador o el alcalde, para que los ciudadanos se pronuncien al respecto. Este mecanismo puede ser utilizado para convocar una Asamblea Constituyente, con el fin de someter a consideración popular las decisiones allí establecidas.  


*'''El cabildo Abierto''': es la reunión pública de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales, con el objetivo de que los habitantes puedan participar directamente en la discusión de asuntos de interés para comunidades.
*'''El cabildo Abierto''': es la reunión pública de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales, con el objetivo de que los habitantes puedan participar directamente en la discusión de asuntos de interés para comunidades.


*'''La iniciativa popular''': es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar la constitución) ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de resolución ante las Juntas Administradores Locales (JAL), y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente.
*'''La iniciativa popular''': es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar la constitución) ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de resolución ante las Juntas Administradores Locales (JAL), y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente.


*'''La revocatoria del mandato''': es un derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
*'''La revocatoria del mandato''': es un derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.


*'''La tutela''': es el mecanismo creado en el artículo 86 de la Constitución de 1991, mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos.
*'''La tutela''': es el mecanismo creado en el artículo 86 de la Constitución de 1991, mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos.

Revisión del 11:43 20 oct 2017

Qué son

Los mecanismos de participación ciudadana son una serie de herramientas establecidas en la Constitución de 1991 para asegurar e incentivar la movilización de la población colombiana. La preocupación central de una democracia auténtica consiste en garantizar que todos los miembros de la sociedad tengan una posibilidad real e igual de participar en las decisiones colectivas. Así, cuando nuestra Constitución establece desde su primer artículo que Colombia es una república democrática y participativa, está asumido el reto y el compromiso de promover la participación ciudadana en todos los espacios de la vida social.


Todos los individuos de nuestra sociedad con capacidad de voto tienen el derecho de poner en práctica el uso de los mecanismos de participación, para asegurar su participación en la toma de decisiones y la resolución de los problemas que afectan el bien común. El objetivo de los mecanismos de participación ciudadana es brindar garantías y beneficios para que el pueblo colombiano pueda incidir en cambios dentro de los sistemas judicial, ejecutivo y legislativo.


A través de todas estas herramientas, consagradas en la Constitución y reguladas en las leyes nacionales, los colombianos pueden entablar una relación directa con las autoridades públicas, dar a conocer sus propuestas, presionar para que sean adoptadas, opinar sobre asuntos públicos, exigir el cumplimiento de las normas, vigilar la conducta de los dirigentes, tomar decisiones que nos afectan a todos o sancionar a los gobernantes que actúan de forma equivocada, entre otras formas de participación.

Garantías

Los mecanismos brindan las siguientes garantías:

  • Votar de manera privada.
  • Militarizar zonas para brindar seguridad a los participantes de votaciones, huelgas, paros, manifestaciones etc.
  • Que la ciudadanía pueda mostrar su inconformidad o apatía frente a un partido político o a un dirigente.
  • Garantizar que las leyes se cumplan por parte del Gobierno.

Beneficios

Los beneficios y garantías se brindan para que la gente no se ausente del mundo político del país; es decir, para que, por medio de su participación a través de estos mecanismos, esté al tanto de las decisiones estatales que afectan sus vidas de forma positiva o negativa. Teóricamente, los beneficios que adquiere el pueblo por hacer uso de los mecanismos de participación son los siguientes:

  • La respuesta efectiva y obligatoria por parte de los entes del Gobierno.
  • El establecimiento de una relación más directa entre el Gobierno y el pueblo. Por ejemplo, los mecanismos de participación les dan la posibilidad a los votantes de fiscalizar si el Gobierno está cumpliendo el programa que presentó durante la campaña y por el cual fue elegido por la mayoría.
  • Beneficios menores, como aquellos que se les ofrece a los votantes por su sufragio, reflejados en rebajas del precio en las pensiones, rebajas de tiempo en el servicio militar obligatorio, días libres de trabajo, etc.

Mecanismos de participación política

Para ello, se han establecido una serie de mecanismos de participación que tienen la naturaleza de un derecho político fundamental, atribuido a todo ciudadano, con el objetivo de que cada uno pueda participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. La Ley 134 de 1994, que reglamenta todo lo relativo a mecanismos de participación ciudadana, regula detalladamente: la iniciativa popular legislativa y normativa, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, el plebiscito y el Cabildo Abierto.

  • El voto: herramienta mediante la cual el ciudadano colombiano elige de manera activa a las personas que considera idóneas para su representación en las instituciones del Gobierno (Presidencia, Vicepresidencia, Cámara de Representantes, Senado, alcaldías, gobernaciones, concejos distritales y municipales, alcaldías locales).


  • El plebiscito: herramienta utilizada por el presidente de la República para refrendar una decisión con la opinión del pueblo. El presidente anuncia el uso del plebiscito y los ciudadanos votan para apoyar o rechazar la decisión puesta en cuestión.


  • El referendo: herramienta utilizada para convocar a los ciudadanos a la aprobación o al rechazo de un proyecto de ley o una norma jurídica vigente. El referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.


  • El referendo derogatorio y aprobatorio: herramienta mediante la cual se pone a consideración de la ciudadanía la derogación o aprobación de una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local.


  • La consulta popular: herramienta mediante la cual se plantea una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, por parte del presidente de la República, el gobernador o el alcalde, para que los ciudadanos se pronuncien al respecto. Este mecanismo puede ser utilizado para convocar una Asamblea Constituyente, con el fin de someter a consideración popular las decisiones allí establecidas.


  • El cabildo Abierto: es la reunión pública de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales, con el objetivo de que los habitantes puedan participar directamente en la discusión de asuntos de interés para comunidades.


  • La iniciativa popular: es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar la constitución) ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de resolución ante las Juntas Administradores Locales (JAL), y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente.


  • La revocatoria del mandato: es un derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.


  • La tutela: es el mecanismo creado en el artículo 86 de la Constitución de 1991, mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos.

Documentos relacionados en la Biblioteca Virtual

[1] La acción de tutela. Sentencias tutelares indígenas, ejemplo de protección a minorías. Texto de Juan Manuel Charry Ureña, publicado en Credencial Historia, núm. 148.

[2] Especial sobre participación ciudadana en la Constitución Política de Colombia 1991.

[3] Artículos de la Constitución de 1991.

[4] Documentos de la Asamblea Constituyente.

[5] Legislación y jurisprudencia sobre mecanismos de participación ciudadana.

[6] Línea de tiempo de participación ciudadana en la historia de Colombia.

[7] Lección de ciudadanía en Constitución".

Bibliografía

  • Cárdenas López, Jorge (2002). Derecho electoral. Ediciones Librería del profesional, Bogotá.

Enlaces externos

La participación ciudadana en Bogotá, 1990-2010. Andrés Hernández, Revista "Colombia Internacional" de la Universidad de los Andes.

Sitio web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Constitución Política de Colombia, 1991 (Versión web).

Cómo citar este texto

Subgerencia Cultural del Banco de la República. (2015). Mecanismos de participación ciudadana. Recuperado de: http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/politica/mecanismos_participacion_ciudadana